LA PERSONA ADULTA MAYOR Y SUS DERECHOS EN COSTA RICA

Por medio de un decreto ejecutivo en el año 2004, se declaro el 1 de octubre como el día de la Persona Adulta Mayor. Con motivo de dicha conmemoración u homenaje que se hace a las personas adultas mayores nos hemos tomado un momento para recordar los derechos que a ellos atañe.

La protección de las personas adultas mayores viene dada desde nuestra Constitución Política. Así, en el articulo 51 de dice “La familia, como elemento natural y fundamento de la sociedad, tiene derecho a la protección especial del Estado. Igualmente tendrán derecho a esa protección la madre, el niño, el anciano y el enfermo desvalido”.

Así entonces se han venido creando diferentes leyes que, tanto desde el punto de vista estatal como privado, dotan a la persona adulta mayor de herramientas para el resguardo de sus derechos. Por ejemplo, tenemos la Ley Integral de la Persona Adulta Mayor que establece una seria de deberes de la sociedad y del Estado, precisamente para que los derechos y beneficios que se le han reconocido a este sector de la población sean efectivizados. Se establece así que el Estado tiene la obligación de suministrar los mecanismos idóneos para que estas personas puedan gozar de una mejor calidad de vida en distintos ámbitos, como el trabajo, la salud, la educación, la recreación, el deporte y la cultura y vivienda. Por otra parte, para la protección de abusos que cometan personas, físicas -familiares o no- o jurídicas -publicas o privadas-, se establecen procedimientos y sanciones penales, civiles y administrativas. Finalmente, cuando la persona adulta mayor es víctima de violencia física, psicológica, sexual o patrimonial, por actos cometidos por una persona física -familiar o no-, la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor remite a las medidas de protección y al procedimiento establecido en la Ley contra Violencia Doméstica.

Dentro de dicha ley se hace referencia a la definición que se la ha dado a los diferentes tipos de violencia. Para los efectos del presente articulo haremos énfasis en el concepto que se le ha dado a la violencia patrimonial. De conformidad con la ley, la violencia patrimonial es: la acción u omisión que conlleve un daño, pérdida, transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores, derechos o recursos económicos destinados a satisfacer necesidades.

Algunos ejemplos de violencia patrimonial podrían ser: obligación o coacción para la suscripción de testamentos, donaciones o cualquier otro tipo de disposición de los bienes del adulto mayor, el control al uso del dinero, uso de cuentas bancarias, tarjetas de crédito, daños al menaje de casa, extracción de bienes o valores, retención u ocultación de bienes, destrucción de pertenencias, la no explicación de los alcances de cualquier tipo de suscripción de documentos de índole legal es violencia patrimonial.

Es importante que si usted como adulto mayor siente que se están violentando sus derechos, que busque inmediatamente asesoría legal o bien apoyo en cualquier de las diferentes instituciones que al efecto el Estado ha creado para tales efectos.

A continuación, facilitamos una serie de sitios en donde podrán encontrar orientación y apoyo especializado para las personas adultas mayores.

CONAPAM https://conapam.go.cr/

AGECO https://ageco.org/

CCSS https://www.ccss.sa.cr/oro

Hospital Blanco Cervantes https://ach.sa.cr/directorio/listado/hospital-nacional-de-geriatria-y-gerontologia-raul-blanco-cervantes

Realizado por la Licda. Rebeca Chacón Montero. Abogada Fusión Legal. Contactar por correo electrónico

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